Fecha: 18/11/2019
De conformidad con lo previsto en el árticulo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objeto de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con caracter previo a la elaboración del proyecto Ordenanza Municipal sobre Tráfico y Movilidad , se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciónes más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
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